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En esta guía te explicamos qué documentos aceptan los notarios, qué pasa si no tienes una identificación válida y qué cambia de un estado a otro, para que llegues a la cita con todo lo necesario.
¿Por qué el notario tiene que verificar tu identidad?
El notario actúa como testigo imparcial. Su certificado (el que firma y sella) declara, entre otras cosas, que la persona que firmó se identificó correctamente ante él. Por eso la ley de cada estado regula con detalle cómo debe hacerlo.
En California, por ejemplo, el notario solo puede completar un reconocimiento de firma o un jurat si tiene «evidencia satisfactoria» de la identidad del firmante, y la ley la define como la ausencia de cualquier información que haga pensar a una persona razonable que el firmante no es quien dice ser, más un documento de identidad válido o el juramento de testigos creíbles (Código Civil de California, sección 1185).
Un notario de California que no obtenga esa evidencia satisfactoria puede ser multado con hasta $10,000. Por eso no insistas si un notario rechaza tu documento: está cumpliendo la ley.
Documentos que suelen aceptarse
Cada estado publica su propia lista, pero casi todas coinciden en lo básico: un documento oficial, vigente o emitido hace poco, con foto, firma y un número de identificación.
- Licencia de conducir o tarjeta de identificación (ID) emitida por un estado de EE. UU.
- Pasaporte de Estados Unidos.
- Tarjeta de identificación militar de EE. UU.
- Licencia de conducir de Canadá o de México, en los estados que la aceptan (por ejemplo, California y Florida).
- Pasaporte extranjero, con condiciones que cambian según el estado.
California
California acepta la licencia o el ID del DMV de California y el pasaporte estadounidense si están vigentes o fueron emitidos en los últimos 5 años. También acepta, si contienen foto, descripción física, firma y número: el pasaporte o el documento de identificación consular de tu país de ciudadanía, la licencia de otro estado o de una agencia de Canadá o México, el ID de otro estado y el ID militar, entre otros.
Florida
Florida acepta, entre otros, la licencia o el ID de Florida, el pasaporte de EE. UU., la licencia o el ID de otro estado, de un territorio de EE. UU., de Canadá o de México, y el ID militar, siempre que estén vigentes o se hayan emitido en los últimos 5 años (Estatutos de Florida, sección 117.05). Un pasaporte extranjero se acepta si lleva el sello de los servicios de inmigración de EE. UU.
Texas
En Texas el notario puede identificar al firmante por conocimiento personal, con una tarjeta de identificación emitida por una agencia gubernamental o con un pasaporte de EE. UU., o porque se lo presente una persona que el notario conozca (Código de Gobierno de Texas, sección 406.014).
¿Sirve la matrícula consular?
Depende del estado, y es una de las dudas más frecuentes en la comunidad hispana. Texas, por ejemplo, no la acepta para reconocimientos porque no la emite ni el gobierno federal ni un estado. California acepta documentos consulares siempre que incluyan foto, descripción física, firma y número de identificación.
Si tienes pasaporte vigente de tu país, llévalo: es el documento extranjero con más probabilidades de ser aceptado. Y pregunta siempre al notario, antes de la cita, qué identificación acepta.
Si no tienes identificación: testigos creíbles
La mayoría de los estados permite identificar a una persona sin documentos mediante testigos creíbles (credible witnesses): personas que te conocen y juran ante el notario que eres quien dices ser.
- En California puede ser un solo testigo que el notario conozca personalmente, o dos testigos que presenten su propia identificación válida. Deben jurar, entre otras cosas, que te conocen y que te resultaría muy difícil o imposible conseguir otro documento.
- En Florida también se admite un testigo conocido por el notario o dos testigos que se identifiquen, y deben declarar que el firmante no tiene ninguno de los documentos aceptados.
Los testigos no pueden tener interés económico en el documento ni aparecer en él.
Qué anota el notario
En los estados que exigen diario notarial, como California o Texas, el notario anota el tipo de documento que presentaste, quién lo emitió, su número y su fecha. En California, si el documento es una escritura que afecta a un inmueble o un poder notarial, además te pedirá tu huella del pulgar derecho en el diario.
Consejos antes de tu cita
- Lleva una identificación con foto vigente y con el mismo nombre que aparece en el documento.
- Si tu nombre aparece distinto (por ejemplo, con uno o con dos apellidos), consúltalo antes con el notario o con quien te pidió el documento.
- No firmes el documento antes de estar frente al notario si se trata de un jurat.
- Si vas con testigos creíbles, confirma que ellos sí llevan su propia identificación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo usar una identificación vencida?
En algunos estados sí, dentro de un plazo. California y Florida, por ejemplo, aceptan ciertos documentos si fueron emitidos en los últimos 5 años aunque hayan vencido. En otros estados debe estar vigente. Pregunta al notario.
¿Una foto del documento en el móvil sirve?
No. El notario necesita ver el documento original, salvo en la notarización en línea, donde el propio sistema analiza el documento y hace preguntas de verificación.
¿El notario comprueba si el contenido del documento es verdad?
No. Verifica tu identidad y tu firma, no la veracidad de lo que dice el documento.
Fuentes
- Secretaría de Estado de California: Notary Public Handbook 2026
- Código Civil de California, sección 1185
- Estatutos de Florida, sección 117.05
- Código de Gobierno de Texas, sección 406.014
Información general revisada en las fuentes oficiales citadas. No constituye asesoramiento legal: las leyes cambian y varían entre estados.
