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¿Quién prepara un testamento en EE. UU.?
El testamento (last will and testament) lo redacta el propio interesado o, lo más recomendable, un abogado de sucesiones (estate planning attorney). Un notario que no es abogado no puede redactarlo ni aconsejarte sobre su contenido, porque eso es ejercer la abogacía.
Desconfía de quien se anuncie como «notario» para hacerte el testamento. En EE. UU. un notario público no es abogado y no puede prepararlo. Lee más sobre las diferencias entre notario y abogado.
Requisitos habituales para que el testamento sea válido
Cada estado tiene su propia ley, pero en la mayoría el testamento debe:
- Constar por escrito.
- Estar firmado por el testador (quien hace el testamento).
- Estar firmado también por dos testigos que presencian la firma o el reconocimiento del testador.
Algunos ejemplos concretos:
- California: exige dos testigos (Código de Sucesiones, 6110), pero también acepta el testamento ológrafo, escrito a mano, si la firma y las disposiciones importantes son de puño y letra del testador, aunque no tenga testigos (6111).
- Texas: exige dos testigos mayores de 14 años (Código de Sucesiones, 251.051) y también acepta el testamento escrito totalmente a mano por el testador, sin testigos (251.052).
- Florida: exige que el testador firme al final en presencia de dos testigos, que firman delante de él y el uno del otro (Estatutos de Florida, 732.502). Florida no acepta el testamento ológrafo sin testigos.
El papel del notario: el testamento autoprobado
En muchos estados, el testador y los testigos pueden firmar ante un notario una declaración jurada llamada self-proving affidavit. No es obligatoria para que el testamento sea válido, pero permite que el tribunal lo acepte sin tener que localizar a los testigos para que declaren cuando fallezca el testador, lo que ahorra tiempo al proceso sucesorio (probate).
El Código Uniforme de Sucesiones (Uniform Probate Code, sección 2-504), que siguen varios estados, regula este procedimiento, y Texas lo recoge en su Código de Sucesiones (251.104).
Otros documentos de planificación patrimonial
Un plan completo suele incluir, además del testamento, otros documentos que sí se firman ante notario con frecuencia:
- Poder notarial duradero para asuntos económicos: nombra a quien gestionará tus finanzas si no puedes hacerlo. Más información en poderes notariales.
- Poder para decisiones médicas e instrucciones anticipadas (advance directive).
- Fideicomiso en vida (living trust): permite que los bienes pasen a los herederos sin pasar por el proceso sucesorio del tribunal. Lo prepara un abogado.
- Escrituras para poner inmuebles a nombre del fideicomiso. Lee firma de escrituras de propiedad.
Si tienes bienes en tu país de origen
Un testamento hecho en EE. UU. puede no ser reconocido, o ser difícil de ejecutar, en otro país. Si tienes propiedades en México o en otro país latinoamericano, consulta a un abogado de allí: muchas veces conviene otorgar un testamento en ese país, por ejemplo en el consulado, que en algunos países puede autorizar testamentos. Si el documento se hace en EE. UU. para usarse fuera, probablemente necesitará apostilla y traducción.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que notarizar mi testamento para que sea válido?
En la mayoría de los estados no: lo que exige la ley son los testigos. La notarización sirve para la declaración jurada de autoprobación, que agiliza el proceso sucesorio.
¿Los testigos pueden ser mis herederos?
Lo recomendable es que no. En algunos estados, un testigo que hereda puede perder parte de su herencia o dar pie a que se impugne el testamento. Usa testigos que no reciban nada.
¿El notario guarda mi testamento?
No. Guárdalo en un lugar seguro y di a tu albacea dónde está. Algunos estados permiten depositarlo en el tribunal.
Fuentes
- Código de Sucesiones de California, secciones 6110 y 6111
- Código de Sucesiones de Texas, capítulo 251
- Estatutos de Florida, sección 732.502
- Uniform Probate Code, sección 2-504 (versión de Massachusetts)
Información general revisada en las fuentes oficiales citadas. No constituye asesoramiento legal: las leyes cambian y varían entre estados.
